Cultura| Historia de Cholul
Microhistoria de 400 años de Cholul
Desde tiempos prehispánicos
hubo asentamientos humanos en Cholul y Umán. Cholul pertenecía al cuchcabal
(equivalente a una provincia) de Motul, que a su vez formaba parte de la
confederación de Cehpech, donde se agrupaban varios gobernantes locales
(batabes) de varios pequeños estados autónomos. Cholul, como otros
asentamientos del cuchcabal, pertenecía al linaje de los Pech (Gerhard,
1991: 82; Quezada, 1993: 165).
La encomienda fue el sistema
económico regional más importante hasta 1785, en que se abolió. Francisco de
Montejo el Mozo, hijo del conquistador del mismo nombre, se asignó para sí
Conkal, que incluía Cholul y Umán.
En cuanto al pago a los
encomenderos, se sabe que en 1699 había 200 tributarios en Cholul (junto con
Conkal), que daban a doña María Tomasa Antonia Enríquez de Noboa 50 mantas, 100
fanegas de maíz y 200 gallinas con un equivalente de 312 pesos cada seis meses
(García Bernal, 1972: 55).
En el plano religioso, en 1549
se fundó el convento doctrina de Conkal, del cual dependería Cholul (Gerhard,
1991: 87).
Hasta
1841 sólo había existido en Cholul un juez auxiliar sujeto a Conkal. A raíz de
la Constitución de 1841 en su Artículo 57, 12 vecinos pidieron al gobernador se
les concediera nombrar un juez y formar un Ayuntamiento, debido a que ya
contaban entre su población más de diez individuos que sabían leer y escribir.
Necesitaban que se ordenara al jefe político nombrar un comisionado
empadronador y varios vecinos para preparar la elección. El jefe político José
D. Castro respondió que se habían realizado las averiguaciones pertinentes y
dedujo que aún no se cumplían con los requisitos: "Que de los firmantes ni
todos son vecinos del pueblo, no todos saben leer y escribir; algunos sólo han
aprendido a mal poner su nombre sin saber escribir otra cosa, ni leer, y otros
no saben el castellano en que se circulan las órdenes". Lo anterior fue
razón suficiente para que no se les permitiera fundar Ayuntamiento.
Los
vecinos no se quedaron con los brazos cruzados y demostraron que no sólo
escribían bien sino que podían leer (aunque con dificultad) y sabían firmar.
Aunque no todos eran naturales de Cholul, como Dionisio López, que apenas había
llegado tres meses atrás. Nada valió, pues el 19 de febrero de 1842 se declaró
que su solicitud no tenía lugar.10 Los de Cholul no cejaron en su intento
y fundaron una escuela, pues sostener una de primeras letras, con al menos 30
niños era uno de los requisitos bien vistos por las autoridades para autorizar
la erección del municipio (Tapia, 1985: 135). Para fines de 1851 había 58
alumnos encargados al preceptor Petronilo Rosas.11
Para
1862 en Cholul seguían rigiendo los alcaldes auxiliares.
Según Manuela García Bernal
(1972: 15), una característica de Cholul es que hasta principios del siglo
XVIII no registró forasteros. Situación poco común, pues en las demás
comunidades la población se encontraba en constante movimiento. El problema de
Cholul es que sus cifras para la época colonial rara vez vienen desagregadas de
Conkal, pero durante más de dos siglos se mantuvo como un pueblo muy pequeño,
desde principios del siglo XVIII que se registró una población de 126 personas
hasta 1900, con 154; prácticamente no hay gran cambio ni incremento. Por Cholul
no pasaba camino principal ni secundario y eso pudo limitar la entrada de
forasteros. Quizá no crecer en términos demográficos fue también un
constreñimiento obligatorio, pues el pueblo quedó rodeado por haciendas y sus
tierras se vieron reducidas sin posibilidad de expansión para nuevos brazos.
Situación en las Haciendas
Un caso grave en ese entonces
fue la de la hacienda Kankabchén, en Cholul, propiedad de Manuel Rodríguez. En
este lugar las condiciones laborales fueron tan ignominiosas que los sirvientes
acabaron asesinando a su amo, el coronel retirado Manuel Rodríguez Solís, quien
vivía solo en su hacienda.
Varios procesos por abuso de autoridad se le habían levantado, pues amenazaba
de palabra a sus sirvientes, les propinaba castigos físicos muy fuertes y los
hacía víctimas de toda clase de abusos. Para infortunio de los agraviados, las
autoridades lo protegían y ninguna queja prosperó,35 hasta
que el 13 de mayo de 1873 un grupo de sirvientes lo mató a hachazos a plena luz
del día ¿Cómo lo planearon? ¿Pensaron en las consecuencias? No lo sabemos, pero
queda claro que el deseo de venganza era más fuerte que los efectos penales del
crimen. Es decir, los peones buscaban librarse de la opresión de su amo sin
importar las consecuencias. Algunos implicados recibieron condena de trece años
en San Juan de Ulúa, otros casi siete años, en la cárcel de Mérida.36 Sin
embargo, como el caso fue tan sonado se prestó para volver los ojos sobre el
peonaje.
Bibliografía.
García
Bernal, Manuela Cristina 2006 Desarrollo agrario en el Yucatán colonial.
Repercusiones económicas y sociales, Mérida, Universidad Autónoma de
Yucatán.
Gerhard,
Peter 1991 La frontera sureste de la Nueva España, México, Universidad
Nacional Autónoma de México.
Quezada,
Sergio 2001 Breve Historia de Yucatán, México, Fondo de Cultura
Económica.
"El
gobernador, decretando que no les ha lugar a lo solicitado por los vecinos del
pueblo de Cholul, partido de Mérida", ibidem, Gobernación, vol. 1,
exp. 45, 13 noviembre 1841.
10 "El gobernador, sobre que no ha
lugar a la solicitud de varios vecinos de Cholul, relativa a establecimientos
de alcaldes municipales del pueblo, por las condiciones que se expresan", ibidem,
exp. 5, 19 febrero 1842.
11 "Nomina de los alumnos de escuela
de Cholul", AGEY, Ejecutivo, Educación Pública, vol. 52, exp. 100, 1851.
34 Durante la Guerra de Castas, su esposa
Josefa Rodríguez había sido raptada por el jefe rebelde Bernardino Cen y no se
liberó de su cautiverio hasta después de muerto su marido. Para más datos ver
Sullivan, 1997.
35 "Queja criminal puesta por
Francisco Mezquita contra don Manuel Rodríguez Solís y socios por fuerza en su
persona y familia" AGEY, justicia penal, vol. 153, exp. 17. 1871.
"Diligencias practicadas hoy día a la fecha a pedimento de D. Manuel
Rodríguez relativas a las siniestras intenciones que tuvo su criado prófugo
contra su existencia llamado Francisco Mezquita" AGEY, Justicia penal,
vol. 153, exp. 16, 1871. "Demanda de los sirvientes de Manuel Rodríguez
Solís a su contra para que se libre sus cartas cuentas por malos tratos"
AGEY, Justicia penal, vol. 156, exp. 19. 1871.
36 "Causa a Justo y Canuto Cocom y
socios sirvientes de la hacienda Kankabchén contra don Manuel Rodríguez Solís
por homicidio", AGEY, justicia penal, vol. 165, exp. 13. 1873-74.
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